Jornada de reflexión: sábado 28 de noviembre de 2026
La jornada de reflexión es el nombre con el que se conoce el día anterior a la votación, cuando ya no hay campaña electoral. En las generales de 2026 es el sábado 28 de noviembre de 2026.
Cuándo es
La campaña electoral empieza a las 0:00 del viernes 13 de noviembre y termina a las 24:00 del viernes 27 de noviembre (artículo 4 del Real Decreto 806/2026). El sábado 28 de noviembre no hay campaña y el domingo 29 de noviembre se vota.
Qué dice la ley
La ley electoral no usa la expresión «jornada de reflexión», pero fija cuándo termina la campaña y qué se prohíbe después:
- Artículo 51.3. La campaña electoral «termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación».
- Artículo 53. «No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado».
- Artículo 50.4. Define la campaña electoral como el conjunto de actividades de candidatos, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones destinadas a la captación de votos.
- Artículo 93. «Ni en los locales de las secciones ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género».
- Artículo 144.1.a. Castiga con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses «realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral».
Texto completo en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE).
Qué no se puede hacer
- Los partidos, coaliciones y candidatos no pueden difundir propaganda electoral ni hacer actos de campaña, lo que incluye pedir el voto.
- El día de la votación tampoco se puede hacer propaganda en los colegios electorales ni en sus inmediaciones.
- No se pueden publicar ni difundir encuestas electorales: la prohibición empieza el martes 24 de noviembre.
Las dudas sobre casos concretos las resuelven las juntas electorales.
Encuestas: prohibidas desde el 24 de noviembre
Desde el martes 24 de noviembre hasta el sábado 28 de noviembre, los cinco días anteriores a la votación, está prohibido publicar, difundir o reproducir sondeos electorales por cualquier medio de comunicación (art. 69.7). Las infracciones del régimen de encuestas se sancionan con multas de 3.000 a 30.000 euros (art. 153.2). Todas las fechas, en el calendario electoral.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la jornada de reflexión?
Es el nombre con el que se conoce el día anterior a la votación, cuando ya no hay campaña electoral. La ley no usa esa expresión: establece que la campaña termina a las 0:00 del día inmediatamente anterior a la votación y que, una vez terminada, no se puede difundir propaganda electoral ni hacer ningún acto de campaña.
¿Cuándo es la jornada de reflexión de 2026?
El sábado 28 de noviembre de 2026. La campaña de las generales termina a las 24:00 del viernes 27 de noviembre, y se vota el domingo 29 de noviembre.
¿Qué no se puede hacer en la jornada de reflexión?
Los partidos, coaliciones y candidatos no pueden difundir propaganda electoral ni hacer actos de campaña, lo que incluye pedir el voto: la ley define la campaña como las actividades destinadas a captar votos. El día de la votación tampoco se puede hacer propaganda en los colegios ni en sus inmediaciones. Las dudas sobre casos concretos las resuelven las juntas electorales.
¿Qué sanción tiene hacer campaña en la jornada de reflexión?
Realizar actos de propaganda una vez terminado el plazo de la campaña electoral es delito, castigado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses, y lo juzgan los tribunales. Las infracciones de la ley electoral que no son delito las sanciona la junta electoral competente.
¿Se pueden publicar encuestas en la jornada de reflexión?
No. Desde el martes 24 de noviembre hasta el sábado 28 de noviembre, los cinco días anteriores a la votación, está prohibido publicar, difundir o reproducir sondeos electorales por cualquier medio de comunicación. Infringir el régimen de encuestas se sanciona con multas de 3.000 a 30.000 euros (calendario electoral).
Fuentes
- BOE · Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (texto consolidado)
- BOE · Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones