Voto de los extranjeros en las elecciones municipales del 23 de mayo de 2027
Los ciudadanos de otros países de la Unión Europea que viven en España, y los de países con tratado, pueden votar en las elecciones municipales del domingo 23 de mayo de 2027. Los de la UE que aún no estén inscritos tienen hasta el 30 de diciembre de 2026 para hacerlo.
Quién puede votar
La Constitución reserva a los españoles el derecho de voto, salvo en las elecciones municipales, donde puede reconocerse a extranjeros por tratado o ley, con criterios de reciprocidad (art. 13.2). La ley electoral lo reconoce a los residentes en España que sean ciudadanos de otro país de la UE y a los nacionales de países que, mediante tratado, permiten votar a los españoles en sus elecciones municipales (art. 176).
Los extranjeros solo votan en las municipales; los ciudadanos de la UE pueden votar también en las europeas. Las elecciones generales y las autonómicas están reservadas a los españoles.
Ciudadanos de la UE: requisitos y plazo
- Estar empadronado en un municipio español.
- Tener 18 años el día de la votación.
- Haber manifestado la voluntad de votar en España. Quien ya lo hizo en municipales anteriores no tiene que repetirlo mientras siga residiendo en España y no pida la baja.
- Plazo: el empadronamiento y la declaración deben hacerse como muy tarde el 30 de diciembre de 2026.
Cómo manifestar la voluntad de votar
- Por internet, en la sede electrónica del INE con Cl@ve, o con la clave CTT de la carta de la Oficina del Censo Electoral, del 1 de octubre al 30 de diciembre de 2026.
- Por correo postal, enviando sin franqueo la declaración firmada que incluye esa carta a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral.
- En el ayuntamiento en el que estás empadronado, con el impreso de declaración formal.
Información: ayuntamientos, delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral y teléfono 900 343 232.
Cuántos ciudadanos de la UE pueden votar
A 30 de septiembre de 2026 había 345.312 ciudadanos de otros países de la UE inscritos en el censo para las municipales, y la Oficina del Censo Electoral había enviado una comunicación a otros 515.363 para que puedan inscribirse.
| Provincia | Electores de la UE inscritos |
|---|---|
| Madrid | 52.408 |
| Barcelona | 34.244 |
| Santa Cruz de Tenerife | 28.538 |
| Alicante/Alacant | 28.020 |
| Málaga | 20.183 |
Países con tratado
Los nacionales de países con tratado tienen un procedimiento y un plazo propios, que el INE aún no ha publicado para 2027. Consulta la información del INE sobre el censo de extranjeros.
No confundir con el voto de los españoles en el extranjero
Esta página trata del voto de los extranjeros que viven en España. Si eres español y vives o estás fuera, mira cómo votar desde el extranjero.
Preguntas frecuentes
¿Pueden votar los extranjeros en las elecciones municipales?
Sí, pero solo en las municipales; los ciudadanos de la UE pueden votar también en las europeas. Tienen derecho los residentes en España que sean ciudadanos de otro país de la Unión Europea y los nacionales de países que, mediante tratado, permiten votar a los españoles en sus elecciones municipales. Los ciudadanos de la UE deben estar empadronados, tener 18 años el día de la votación y haber manifestado su voluntad de votar en España. Las generales del 29 de noviembre de 2026 y las autonómicas están reservadas a los españoles.
¿Hasta cuándo pueden inscribirse los ciudadanos de la UE para votar el 23 de mayo de 2027?
Hasta el 30 de diciembre de 2026: ese día termina el plazo para empadronarse y para presentar la declaración de voluntad de votar en España. Quien ya la presentó en municipales anteriores no tiene que repetirla mientras siga residiendo en España y no pida la baja. Los nacionales de países con tratado tienen un procedimiento y un plazo propios, que el INE aún no ha publicado para 2027.
¿Cómo se manifiesta la voluntad de votar?
Por internet, en la sede electrónica del INE con Cl@ve, o con la clave CTT de la carta de la Oficina del Censo Electoral, del 1 de octubre al 30 de diciembre de 2026; por correo postal, enviando sin franqueo la declaración firmada que incluye esa carta a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral; o en el ayuntamiento de residencia, con el impreso de declaración formal. Información: 900 343 232.
¿Cuántos ciudadanos de la UE pueden votar en las municipales?
A 30 de septiembre de 2026 había 345.312 ciudadanos de otros países de la UE inscritos en el censo para las municipales, y la Oficina del Censo Electoral había enviado una comunicación a otros 515.363 para que puedan inscribirse. Las provincias con más electores de la UE son Madrid (52.408), Barcelona (34.244), Santa Cruz de Tenerife (28.538), Alicante (28.020) y Málaga (20.183).
Fuentes
- BOE · Constitución Española
- BOE · Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (texto consolidado)
- INE · Nota de prensa del 30-9-2026 sobre el censo de ciudadanos de la UE para las municipales de 2027
- INE · Censo electoral de extranjeros para las elecciones municipales de 2027
- Sede electrónica del INE · Manifestación de la voluntad de votar